Boletín Informativo 35

Junio 2007

 1987- 2007 - Estudio Canudas - 20 años

1. Laboral: Aumento Salarial. Comercio.

                    Programa de Simplificación Registral.

                    Empleados en Relación de Dependencia: aporte al sistema de jubilaciones 

                    y pensiones.

2. Impositivo: Obligatoriedad para los comercios de exhibir un cartel indicador.

                          AFIP establecería nuevo plan de pagos desde julio 2007.     

3. Contable: Características de las Asambleas de las Sociedades Anónimas. Parte III

4. Franquicias: Franquicias en Mendoza.

5. Otras Noticias: Nueva Resolución para determinación de sus honorarios

                                profesionales en los distintos ámbitos de la actuación.

1.NOVEDADES

LABORALES

AUMENTO SALARIAL. COMERCIO, CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 130/1975

Las partes intervinientes, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) por el sector gremial y por la parte empresarial la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) acuerdan:

Establecer un aumento del 23 % sobre las remuneraciones que perciben los trabajadores incluyendo adicionales fijos y permanentes y tickets y/o sus equivalentes y/o adicionales convencionales fijos, quedan excluidos para dicha base de calculo, comisiones, horas extras, presentismo Art. 40, y premios otorgados en forma individual o colectiva que no resulten fijos y permanentes y rubros no remunerativos.

Este incremento se abonara no acumulativamente y sobre el mismo se calculara el equivalente al presentismo, este incremento es no remunerativo e ira en un rubro separado denominado ¨acuerdo colectivo mes de 07/2007 ¨, sobre el mismo se devengaran los aportes y contribuciones con destino a la Obra Social de Empleados de comercio y cuota sindical.

El aumento en la escala salarial se abonara de la siguiente manera.

12 % a partir del mes de Junio de 2007
6 % a partir del mes de septiembre de 2007
5 % a partir del mes de Noviembre 2007

Con los sueldos de Diciembre de 2007 se abonara por única vez una suma equivalente al 50 % del 23 %.

A partir del mes de Abril de 2008 la totalidad del aumento pasara a tener carácter remunerativo sobre su monto nominal sin computar la equivalencia del presentismo no remunerativo.

Para los empleados que su empleador les hubiese dado un aumento de sueldo con posterioridad a Enero de 2007 se les podrá compensar hasta su concurrencia estos nuevos incrementos.

APLICATIVO ¨SIJP¨, VERSIÓN 28

A partir del Junio 2007 será obligatorio presentar las DD.JJ. con esta nueva versión.

PROGRAMA DE SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL

Se establece que los datos solicitados por el ANSeS en cuanto a los empleados y sus vínculos familiares que debieron ingresarse a través de la página del AFIP ¨Mis Simplificaciones¨ al 30/04/2007 se consideraran presentados en término los incorporados hasta el 31/05/2007 inclusive.

EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA QUE SE INCORPORAN AL SISTEMA INTEGRAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Aquellos empleados que ingresan al mercado laboral con posterioridad al 28/05/2007 independientemente del sistema por que hayan optado (privado o de reparto) deberán aportar el 11 %.
 

Alejandro Smaldoni

Gte. Dpto. Sueldos
 Te.
(54) (011) 4951-3661 int. 9116
 
sueldos1@estcanudas.com.ar

2. NOVEDADES

IMPOSITIVAS

 

CIUDAD DE BUENOS AIRES. OBLIGATORIEDAD PARA LOS COMERCIOS DE EXHIBIR UN CARTEL INDICADOR CON EL TEXTO DE LA LEY 22.802, art. 9 bis. LEY 2.013 SU REGLAMENTACIÓN.

Texto establecido en esa ley:

Devolución del vuelto. Diferencias. En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a cinco centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente la diferencia será siempre a favor del consumidor.

  • El cartel a exhibir deberá estar ubicado de manera claramente visible y contendrá toda la información allí expresada. Sus medidas no podrán ser inferiores a 15 cm. de alto por 21 cm. de ancho, debiendo respetarse los colores y contrastes del mismo. Se hace saber a los sujetos obligados que pueden retirar el modelo de cartel en la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor o en la página web:

www.buenosaires.gov.ar/areas/produccion/def_consumidor/ley_del_redondeo.

  • En los casos de establecimientos que dispongan de más de una caja para recibir el pago, deberá exhibirse un cartel en cada una de ellas.

  • Las infracciones a la presente ley tramitarán conforme al procedimiento establecido por la Ley 757 – Procedimiento Administrativo para la Defensa del Consumidor y del Usuario (B.O.C.B.A. Nº 1.432), conforme la aplicación de las Leyes nacionales de Lealtad Comercial (B.O. Nº 25.170) y 24.240, de Defensa del Consumidor (B.O. Nº 27.744), y resoluciones.

LA AFIP ESTABLECERÍA UN NUEVO  PLAN DE PAGOS A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE 2007.

La AFIP se encuentra elaborando un nuevo plan de facilidades de pago por obligaciones impositivas y de la Seguridad Social, al que podrán acogerse los contribuyentes a partir del 1/7/2007.
Entre las principales características del mismo se destacan:
- El plazo para regularizar las obligaciones se extendería hasta 6 años en el caso de las Pymes;
- Además se establecería la posibilidad de escalonar el importe del capital que se va cancelando. De esta forma los contribuyentes podrán planificar una cuota de capital que vaya incrementándose con el tiempo, a diferencia de como sucedía en anteriores planes en donde se calculaban cuotas iguales de capital durante toda la vigencia del plan.
 

Cdor. César Albiñana
Gte. Dpto. Impuestos
Te.
(54) (011) 4951-3661 int. 9129
impuestos1@estcanudas.com.ar

3. INFO

CONTABLE

 

CARACTERÍSTICAS DE LAS ASAMBLEAS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS – (TERCERA PARTE)

Asistencia a las asambleas:

Todo socio tiene derecho de asistir a las asambleas y participar con voz y voto.

Los Directores tienen el deber de asistir a las asambleas y tendrán voto si les corresponde como accionistas.

El socio debe depositar sus acciones o comunicar la asistencia a la asamblea de acuerdo lo establecido por la ley de sociedades comerciales.

Los accionistas pueden hacerse representar en las asambleas mediante el otorgamiento de un mandato en instrumento privado, con firma certificada por escribano o por banco o a través de un poder. No pueden ser mandatarios los directores, gerentes o demás empleados de la sociedad.

Previa aprobación de la asamblea pueden participar terceros, como por ejemplo profesionales con un fin de asesoramiento; dichos terceros no podrán deliberar ni tomar decisiones. En el acta deberá constar el nombre de los accionistas que concurren con profesionales como así también el nombre de los mismos.

Documentación que debe encontrarse en el lugar de celebración de la Asamblea:

  Libros:

 * Actas de Asamblea;

o      * actas de Directorio;

o      * registro de Acciones (debe ser de libre consulta por los accionistas);

o      * deposito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas (para asentar la concurrencia de los accionistas);

-       * libros Inventario y Balances, Diario y Estados Contables para el caso de Asambleas que aprueban Estados Contables y para las restantes Asambleas, la documentación a tratar en cada una de ellas;

-       * estatuto social y reformas;

-       * ejemplar del Boletín Oficial en el que consta la convocatoria, en el caso en que correspondiera;

-       * en el caso de accionistas que tengan representantes, los poderes correspondientes;

-       * constancia de la notificación de concurrencia a la Asamblea o copia del recibo por el deposito de acciones.

 

Cdora. Alejandra Francioli
Gte. Dpto. Contable
Tel: (54) (011) 4951-3661 Int. 9135

contable@estcanudas.com.ar

4. INFO

FRANQUICIAS

 

FRANQUICIAS EN MENDOZA

En el Marco del ciclo Tardes de Franchising el Cdor. Carlos Canudas, d una conferencia sobre El Franchising en Argentina, que se desarrolló el día 13 de Junio en el Auditorio Dr. A. Calle (Diario Los Andes).

El acontecimiento fue el puntapié inicial de la alianza estratégica realizada por Estudio Canudas, una de las más reconocidas consultoras en franchising de Buenos Aires, con la consultora Bussines to Bussines Franquicias, encabezada por el Sr. Aaron Vilches  con sede en Mendoza, que tendrá por objeto contribuir a la divulgación del sistema de franquicias en la riquísima  región de Cuyo.

Temas que se desarrollaron en el evento:

  • Cdor Carlos Canudas, titular del Estudio Canudas y Director de la Asociación Argentina de Franquicias, abordó sobre Las ventajas de las franquicias sobre los negocios independientes y Los números de las franquicias en el Mundo, Latinoamérica y en la Argentina en particular (Incluyendo conclusiones de dos Estudios de Mercado: Las Franquicias en Argentina y El Mercado Potencial de las Franquicias en Argentina)

  • Lic. Aaron Vilches, referente local y Director Business to Business Consultora de Franquicias, disertó acerca de "Cómo desarrollar mi propia cadena de franquicia" y "Eligiendo la franquicia ideal".

  • Panel de tres empresas franquiciantes que contaran sus experiencias. 

 

R.S.V.P.: informes@estcanudas.com.ar - TEL (011) 4951-3661

  btobfranquicias@yahoo.com.ar - TEL: 0261 - 432-5962 / TEL. Móvil: 154-707031

 

5. OTRAS

NOTICIAS

 

RESOLUCIÓN 63/2007

Ante la inquietud permanente de los Contadores Públicos por disponer una guía orientativa que los asista en la determinación de sus honorarios profesionales en los distintos ámbitos de actuación, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha aprobado la Resolución Nro. 63/2007 en la cual elabora el INFORME DE HONORARIOS MÍNIMOS SUGERIDOS PARA EL CONTADOR PUBLICO.

A tales efectos toma en cuenta que la tarea profesional, en mayor o menor medida, se ve afectada por todos o algunos de los siguientes factores:

  • Naturaleza y complejidad de los trabajos a realizar.

  • Tiempo a invertir para realizarlos.

  • Urgencia de la terminación del mismo.

  • Características propias del cliente.

  • Nivel de especialización que requiere el tema a tratar.

  • Costos de infraestructura y de los propios por la tarea a ejecutar.

  • Grado de experiencia del personal involucrado.

A su vez divide el análisis en los distintos ámbitos de actuación como ser:

a) Societario,

b) Administrativo-Contable,

c) Auditoria,

d) Tributario y

e) Previsional.

La norma establece también la distinción entre tareas que pueden cotizarse bajo el formato de “Abono Mensual” y aquellas que deberían pautarse por cierto “Valor Horario”.

Nos pareció interesante que usted conozca la existencia de tal Resolución ya que la intención de la misma no es establecer un precio obligatorio ni regulado, pero si lograr una referencia importante, tanto para el profesional como para el cliente que solicita una cotización, o que ya está abonando un monto determinado por cierto servicio.

 

 

 

 

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"Comienza a manifestarse la madurez cuando sentimos que nuestra preocupación
es mayor por los demás que por nosotros mismos."

Albert Einstein .

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